LICENCIAS AYUNTAMIENTO DE VILLAR DE OLALLA

Licencias:

Se tramitan en el Ayuntamiento. Si puedo te voy mandando los modelos que tenemos y la documentación a aportar.

Matrimonios:
Ordenanza reguladora

PRIMER PASO, IR AL JUZGADO

Los trámites para el matrimonio civil deben iniciarse siempre en el Registro Civil del municipio en el que esté domiciliado o tenga su residencia
habitual uno o los dos futuros contrayentes. Si están domiciliados en poblaciones distintas podrán elegir la que más les convenga.
Aunque los trámites previos se lleven a cabo ante el Registro Civil correspondiente, los contrayentes pueden decidir que, una vez finalizado el
expediente prematrimonial, la ceremonia nupcial se celebre en cualquier municipio, ante:
El Juez Encargado del Registro Civil y los Jueces de Paz por delegación de aquél en las oficinas o dependencias del Registro Civil.
El Alcalde o Concejal en quien éste delegue en el local que reúna las condiciones adecuadas.
El Secretario judicial o Notario libremente elegido por ambos contrayentes que sea competente en el lugar de celebración.
Más información y administración electrónica de Justicia, en este enlace.
Fuente: Ministerio de Justicia

SEGUNDO PASO, IR AL AYUNTAMIENTO

Allí se solicitarán unos datos para proceder al matrimonio
Lugar de celebración: salón de Plenos del Ayuntamiento
El matrimonio será oficiado por el alcalde o concejal en quien delegue una vez que el acta sea enviada al Ayuntamiento de Villar de Olalla por el
juzgado.
La tramitación es gratuita para los habitantes del municipio que lleven más de 3 años empadronados. De lo contrario, los contrayentes deberán pagar
una tasa de 100,00 euros en virtud de la ordenanza reguladora de la prestación del servicio de matrimonios civiles del Ayuntamiento de Villar de Olalla.